
Tras una serie de procedimientos de Policía Federal, ya se dieron cinco detenciones en el marco de la causa «Coronda Dos» que investiga delitos de lesa humanidad cometidos en épocas de la dictadura en la Cárcel de nuestra ciudad. La causa está en la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Provincia y no se descartan que haya más allanamientos.
El 11 de mayo de 2018 el Tribunal Oral Federal constituido por María Ivón Vella, Luciano Homero Lauría y José María Escobar Cello, dictó la sentencia que condenó a Juan Ángel Domínguez a la pena de 17 años y a Adolfo Kushidonchi, a la pena de 22 años de prisión.
Los dos condenados, ex Comandantes Generales de Gendarmería Nacional revistaron el cargo de Directores de la Cárcel de Coronda entre 1977 y 1979.
A través de las audiencias orales y públicas que se desarrollaron desde el comienzo de este juicio el 14 de diciembre de 2017 transitaron más de 90 testigos, se juzgaron 39 casos de tormentos agravados y las muertes de Luis Alberto Hormaeche y Raúl Manuel San Martín, ocurridas en la Unidad 1. Los ahora detenidos y otras personas a las que se investiga fueron nombrados en diferentes audiencias.
Lucila Puyol y Guillermo Munné actuaron como abogados querellantes, patrocinando a la Asociación Civil El Periscopio, la cual nuclea a ex presos políticos de la Cárcel de Coronda. La representación del Ministerio Público estuvo a cargo del Fiscal Martín Suárez Faisal quien hoy trabaja en la continuidad.

Al momento de requerir la elevación a juicio de la causa en octubre de 2013, el fiscal federal que intervino en la etapa de instrucción, Walter Rodríguez, había contextualizado que “el Instituto Correccional Modelo U-1 de la ciudad de Coronda de la provincia de Santa Fe, recibió a los detenidos por motivos políticos que provenían desde los diferentes centros clandestinos de detención montados en la provincia, quienes fueron sometidos al riguroso régimen impuesto por Gendarmería Nacional -que se encontraba al mando del mismo-, siendo víctimas de diferentes delitos que constituyen graves violaciones a los Derechos Humanos”.
En ese sentido, Rodríguez reseñó que en abril de 1977 “el Comando del Segundo Cuerpo del Ejército Argentino remitió al Jefe del Área 212 y a la unidad carcelaria de Coronda una orden secreta -el ‘Documento CLH-317’- denominada ‘Campaña Pensionista’, destinada a implementar para los detenidos un cuadro disciplinario y de aislamiento más severo aún, y también de hostigamiento a sus familiares”.
De acuerdo a la pieza acusatoria, dicha directiva establecía que Departamento III (Operaciones) del Comando del II Cuerpo del Ejército «planeará y conducirá una campaña de comunicación social sobre los DDSS [detenidos] alojados en Institutos Carcelarios y familiares de los mismos a partir del 07 Abr 77, para modificar conductas, impedir el indoctrinamiento y vinculaciones con BDS [por bandas de delincuentes subversivos], a fin de permitir su deserción, desmoronamiento de las bandas de delincuentes y recuperación del individuo”, el cual comprendía tres fases: la primera de “ablandamiento y selección”, la segunda de “diferenciación y articulación” y la última de “reorientación y consolidación”.
Además, se propugnaba la clasificación de los “delincuentes subversivos” encarcelados en “1.- Resistentes”, “2.- Indefinidos” y “3.- Dúctiles”, sobre los cuales recaía un régimen diferenciado dentro del penal.
El MPF acusó y condenó a Domínguez y Kushidonchi como “autores mediatos en la ejecución del plan criminal dentro del Instituto Correccional Modelo U-1 de la ciudad de Coronda”; en particular, el fiscal consideró que el primero de ellos debía responder por la muerte de Luis Alberto Hormaeche, ocurrida en la madrugada del 19 de diciembre de 1977, y los tormentos sufridos por las torturas “consistentes en los malos tratos materiales y morales que le fueron aplicados” a los internos, en los periodos que se desempeñó como interventor.
En cuanto a Kushidonchi, Rodríguez consideró que también debía ser enjuiciado por los tormentos infligidos y el deceso de Raúl Manuel San Martín, ocurrido el 8 de abril de 1979 “como consecuencia de múltiples y reiteradas torturas infligidas por su condición de perseguido político, en el penal a su cargo”.