Con la presencia de autoridades provinciales y locales se puso en marcha la Junta de Discapacidad en el Hospital. Servirá para emitir los certificados únicos. Entre otros, estuvieron presentes el Ministro de Desarrollo Social, Danilo Capitani y Patricio Huerga quien es Sub Secretario de Inclusión para personas con discapacidad.
La Junta estará integrada por los doctores Julieta Ceratto y César Raimondi. También la integrarán Santiago Vázquez y Estefanía Marengo como psicólogos, Natalia Brusa como kinesióloga, Mónica Solís y María José Bagilet como trabajadoras sociales, y Julieta Huber como secretaria.
En Argentina, son más de cinco millones de personas las que tienen algún tipo de discapacidad según datos del último censo nacional (2010). Sin embargo, no todas ellas cuentan con el Certificado Único de Discapacidad (CUD), el documento que acredita esa condición y con el cual pueden acceder a múltiples beneficios, como el tratamiento médico integral y gratuito de su afección, entre otros. Es importante que se cuente con la información suficiente y necesaria para poder solicitarlo sin problemas.
El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un documento público que tiene validez en todo el país. Es la llave de acceso al sistema de salud y a los beneficios instituidos por la ley para las personas con discapacidad.
El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un documento que acredita plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional, en cualquier circunstancia en que sea necesario invocarla. Tiene igual valor que el Documento Nacional de Identidad, por lo que, ante su pérdida, debe efectuarse la denuncia inmediata.
El Certificado no afecta a la vida civil de la persona; no tiene relación con el porcentaje de discapacidad, ni con la declaración judicial de insania o inhabilitación que determina la designación de un curador.
A través de la Ley Nacional 22431 (Sistema de Protección Integral de los Discapacitados) se considera persona con discapacidad a toda persona que padezca una alteración funcional, permanente o prolongada, física o mental, que en relación con su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral.
Conforme esta ley, para que una persona con discapacidad sea considerada como tal, debe poseer el Certificado que acreditará la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación y qué tipo de actividad laboral o profesional puede desempeñar.