Una vez conocida la confirmación del pago que Nación debe hacerle a Santa Fe por la deuda histórica de coparticipación comenzaron las especulaciones para determinar qué proyectos se llevarían a acabo con los más de 100 millones de pesos que tienen que arribar en los próximos años.
Fue asi que comenzaron las propuestas. El intendente manifestó su deseo de convocar al Concejo Deliberante y su idea sería la de abordar una obra de desagües en French y Berutti, el edil Sergio Palermo propuso por la redes que la gente vote qué es lo que la ciudad necesita pero surgió un antecedente que puede cambiar el rumbo.
El concejal Claudio Minetto recordó que existe una ordenanza, votada por el propio Ricardo Ramírez, en la cual hay un compromiso con los vecinos de barrio Stratta para llevar adelante el esfalto del lugar y cerrar un anillo de mejoras para la ciudad.
«Por lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 13751, que establece la distribución de los montos surgidos a raíz de los fallos emitidos por la corte suprema de Justicia de la Nación Nº 538 y 539 año 2009, a la ciudad de Coronda le corresponde percibir en el periodo 2022/2023 la suma de pesos 39.243.0000 a liquidar en cuatro etapas con vencimiento en agosto 2022, diciembre 2022, abril 2023 y agosto 2023» adelantó Minetto.
A su vez agregó que «por ordenanza Nº 353/2019 la Municipalidad de Coronda adhiere a lo dispuesto por el precitado Art. 11 de la Ley Nº 13751, estableciendo en su artículo 3 la aprobación del denominado ‘Proyecto de pavimentación de calle urbana y obras complementarias’ para Barrio Stratta, que fue ratificado en reunión celebrada con representantes de la vecinal, y la presencia del Intendente Municipal y Concejales, en instalaciones del Club Atlético Gral. Belgrano»
Por eso Minetto pedirá al HCM en uso de las facultades que le confiere la ley solicitado al DEM que «priorice lo normado en la ordenanza Nº 353/2019 al momento de definir la aplicación de los recursos que perciba la Municipalidad de Coronda por aplicación del articulo 11 de la Ley Nº y los fallos Nº 538 y 539 año2009 de la Corte Suprema de justicia de la Nación».